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Inici arrow Subvenciones / Ayudas arrow Ayudas para la contratación de personal dedicado a actividades de I+D.


Ayudas para la contratación de personal dedicado a actividades de I+D. PDF Imprimir E-mail
Subvenciones - Subvenciones
09.11.2008
Beneficiarios
Todo tipo de empresas (incluyendo los spin-off). Centros Tecnológicos. Asociaciones Empresariales sectoriales. Parques científicos y tecnológicos.
Plazo de solicitud
Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes, que tendrán un período de evaluación diferente:
  • Desde el 15 de enero hasta el 30 de abril de 2009, ambos inclusive.
  • Desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2009, ambos inclusive.
Información

Más información y presentación telemática: http://www.micinn.es/planidi
Convocatoria (capítulo 5):
http://www.boe.es/boe/dias/2009/01/05/pdfs/BOE-A-2009-171.pdf

Subvenciones para la contratación de tecnólogos y investigadores en empresas, centros tecnológicos, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos(TORRES QUEVEDO). Ayudas para la contratación de personal dedicado a actividades de I+D.

Este subprograma se engloba en la Línea Instrumental de Actuación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

Tipo de financiación: Subvención a fondo perdido.
Convoca: Ministerio de Ciencia e Innovación.
Estado: Convocatoria ABIERTA desde el 15 de enero de 2009.

Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes, que tendrán un período de evaluación diferente:

  • Desde el 15 de enero hasta el 30 de abril de 2009, ambos inclusive.
  • Desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2009, ambos inclusive.


Rasgos básicos

Objetivo de la ayuda
El Subprograma Torres Quevedo cofinancia, conjuntamente con las empresas, la incorporación de doctores y tecnólogos (titulados superiores con 4 meses de experiencia demostrable en I+D) para la realización de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico y estudios previos de viabilidad técnica. Para la convocatoria 2009, convocados un máximo de 1300 ayudas.

Beneficiarios
Todo tipo de empresas (incluyendo los spin-off). Centros Tecnológicos. Asociaciones Empresariales sectoriales. Parques científicos y tecnológicos.

Requisitos

  • Los doctores y tecnólogos que se contraten a través de este programa deberán participar en la realización de proyectos concretos de Investigación industrial, desarrollo tecnológicos o en estudios de viabilidad técnica previos.
  • Duración de la ayuda: Mínimo de un año y máximo de tres años.
  • En el segundo y tercer año, la retribución anual bruta del contratado deberá ser igual o mayor que la estipulada durante el primer y segundo año respectivamente.
  • En la tercera anualidad de la ayuda, el contrato deberá ser de carácter indefinido.
  • Las ayudas concedidas serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato de carácter laboral por parte del investigador contratado a excepción de los contratos de Profesor Asociado.


Requisitos de los doctores y tecnólogos

  • Estar en posesión de la titulación exigida en la fecha de presentación de la solicitud.
  • En el caso de los tecnólogos, acreditar 4 meses de experiencia en I+D.
  • No haber mantenido relación laboral de carácter contractual con la entidad con la que solicita una ayuda de este subprograma ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma entre el 1 de junio de 2007 y el 30 de septiembre de 2008, ambos inclusive. No aplicable para las empresas «spin-off».
  • Se podrá solicitar una ayuda para contratos ya formalizados en el momento de presentar la solicitud a este subprograma, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad al 30 de septiembre de 2008.
  • No contar, en el momento de presentación de la solicitud, con una participación en el capital de la entidad con la que solicita una ayuda o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control directo o indirecto en la administración de la entidad. Con carácter general, esta participación no podrá superar el 25% del capital.


Actividades subvencionables e intensidades brutas máximas de las ayudas

  • Proyectos de investigación industrial: adquisición de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Estudios de viabilidad técnica, previos a actividades de investigación industrial: estudios críticos o los estudios de viabilidad destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios.
  • Proyectos de desarrollo tecnológico: se incluyen proyecto piloto y primer prototipo no comercializable; plano, esquema o diseño para productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados, destinados a su venta o su utilización.
  • Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de desarrollo tecnológico: se incluyen los diagnósticos tecnológicos, para el conocimiento del estado de la técnica, ya sea a escala nacional o internacional, y la consecuente propuestas de mejora.

PROYECTO o ACTUACIÓN % del coste de contratación de doctores y tecnólogos
  Pequeñas empresas Medianas empresas Grandes empresas. CT. Asociaciones. Parques
Proyectos de investigación industrial 70% 60% 50%
Estudios de viabilidad técnica, previos a actividades de investigación industrial 75% 75% 65%
Proyectos de desarrollo tecnológico 45% 35% 25%
Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de desarrollo tecnológico 50% 50% 40%
 

Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado esta cantidad. En ningún caso la ayuda para la segunda o tercera anualidad superará la cantidad de la primera.

Gastos subvencionables
Costes de contratación = salario bruto anual + cuota empresarial S.S.

Pago de la ayuda
Generalmente, las ayudas se abonarán por anualidades con carácter anticipado tras la Resolución de concesión, no siendo necesario la presentación de garantías.

Si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, las entidades beneficiarias podrán recibir la ayuda en un único pago, posterior a la Resolución de concesión y previa presentación del contrato cuya celebración se incentiva si el contrato tiene carácter indefinido.

Justificación
La memoria económica justificativa se tendrá que presentar, con carácter anual, en la Dirección General de Investigación antes del 1 de marzo de cada año con los gastos efectuados hasta el 31 de diciembre del año anterior.

Para el seguimiento y continuidad de la ayuda, los beneficiaros deberán elaborar un informe anual, de carácter confidencial, haciendo referencia a las actividades realizadas por el doctor o tecnólogo, a los beneficios obtenidos por la entidad beneficiaria con su contratación y, en su caso, la continuidad del investigador en la entidad (envío dos meses antes de la finalización de la anualidad).

Nota

  • Ayuda compatible con otras subvenciones siempre que conjuntamente no superen los límites legales establecidos.
  • Se pueden presentar tantas solicitudes como se desee y en cualquier momento dentro del plazo indicado, siempre que en cada una de las solicitudes el investigador a contratar propuesto sea diferente.
  • Las ayudas comienzan a contar su plazo a partir de una de las dos fechas siguientes:
* Será la fecha de inicio del período de presentación de solicitudes, cuando la fecha de incorporación sea igual o anterior a esta.
* Será la fecha de incorporación del investigador, cuando esta sea posterior a la fecha de inicio del período de presentación de solicitudes.
 

Más información y presentación telemática: http://www.micinn.es/planidi
Convocatoria (capítulo 5):
http://www.boe.es/boe/dias/2009/01/05/pdfs/BOE-A-2009-171.pdf
 

 
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