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LINEA ICO-PYME 2009 PDF Imprimir E-mail
28.05.2009

Linea ICO PYME 2009Con la Línea ICO PYME 2009, el Instituto de Crédito Oficial apoya y financia, en condiciones preferentes, el desarrollo de proyectos de inversión de los autónomos y las pequeñas y medianas empresas españolas.
 
Recursos disponibles

Esta Línea pone a disposición de los autónomos y las PYME 10.000 millones de euros.

Vigencia

Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada

Clientes

Autónomos y pequeñas y medianas empresas, que según definición adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos:

  • Menos de 250 empleados.
  • Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros. 
  • No participar o estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores.

Inversiones financiables

Inversión productiva en activos fijos nuevos y financiación complementaria del cliente.

Se financia hasta el 100% del proyecto de inversión, con las limitaciones y condiciones siguientes:

  • La financiación complementaria está ligada a la financiación en activos fijos y no a la inversa.
  • La financiación en activos fijos debe representar, como mínimo, el 60% del total de la financiación.


Las inversiones financiables en activos fijos no podrán tener una antigüedad superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación, y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 1 año desde la firma.

En caso de solicitarse financiación de activos fijos y financiación complementaria, se firmarán dos contratos de financiación en la misma fecha y con la misma Entidad de Crédito.

Importe máximo de financiación por cliente

1,5 millones de euros por cliente y año, ya sea en una operación o en varias.

Tipo de interés

A.- Financiación de activos fijos productivos:

Para operaciones con Aval SGR (1):

  • Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,50 %.
  • Variable. Referencia ICO, más hasta 1,50 %.

Para operaciones sin Aval SGR:

  •  Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,75 %
  • Variable. Referencia ICO, más hasta 1,75 %.

B.- Financiación complementaria:

Para operaciones con Aval SGR (1):

  • Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,79 %.
  • Variable. Referencia ICO, más hasta 1,79 %.

Para operaciones sin Aval SGR

  • Fijo. Referencia ICO, más hasta 2,04 %
  • Variable. Referencia ICO, más hasta 2,04 %.

Plazos de amortización

El cliente puede elegir entre:

A.- Financiación de activos fijos productivos:

  • 3 años sin carencia
  • 5 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 1 año.
  • 7 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 2 años.
  • 10 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 3 años.

B.- Financiación complementaria

  • 3 años sin carencia del principal

Comisiones

El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones, tales como apertura, estudio o de disponibilidad.
Modalidad del contrato

Préstamo o leasing para la financiación en activos fijos y préstamo para la financiación complementaria.

Cancelación anticipada voluntaria

El cliente podrá efectuar, con acuerdo de la entidad de crédito, la cancelación anticipada total o parcial de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:

Tipo variable: no se imputará penalización.

Tipo fijo: el cliente deberá pagar:

1.- Para operaciones con garantía hipotecaria:

    - 0,50% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce durante los 5 primeros años.

    - 0,25% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce a partir del quinto año.

2.- Resto operaciones a tipo fijo:

    - 1% flat sobre el importe cancelado.

En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de la financiación, se aplicará una comisión en función del momento de la cancelación.

Tramitación


Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.

Documentación y garantías de la operación

El empresario presentará la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación. La Entidad de Crédito analiza la solicitud de la operación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca, etc.
Compatibilidad de ayudas:

Esta Línea es incompatible con la obtención de financiación en la Línea ICO-Emprendedores 2009.

Esta Línea puede estar sometida a la condición de “mínimis” de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea

(1)Los avales de SGR incluirán a SAECA para el sector primario

 
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