|
Para Autónomos y pequeñas y medianas empresas, que cumplan los siguientes requisitos:
- Menos de 250 empleados. - Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros. - No participar o estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores. Importe máximo de financiación por cliente: 1,5 millones de euros por cliente y año, ya sea en una operación o en varias. Para Autónomos y pequeñas y medianas empresas, que cumplan los siguientes requisitos: - Menos de 250 empleados. - Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros. - No participar o estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores. Importe máximo de financiación por cliente: El importe máximo de financiación será de 500.000 euros por cliente y año en una única operación. Para Autónomos y microempresas nuevas, o nueva actividad en el caso de profesionales, entendiendo por tales los que cumplan los requisitos siguientes: - Haber sido constituida, o haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el caso de profesionales autónomos, a partir del 1 de enero de 2008. - Emplear de 1 a 9 trabajadores a 31 de diciembre de 2008. - Tener una facturación y/o balance general anual no superior a 2 millones de euros, a 31 de diciembre de 2008. - No pertenecer a un grupo empresarial o económico, ni consolidar cuentas anuales. Importe máximo de financiación por cliente: El importe máximo financiable será el 90% del proyecto de inversión neta (IVA y otros impuestos excluidos) con un límite de 200.000 euros por cliente y año, ya sea en una operación o en varias. |